Crédito a la medida

SERVICIOS FINANCIEROS

Microcrédito para Grupos Solidarios

Se aplicará una tasa máxima del 7% de interés mensual sobre saldo, frecuencia de pago semanal, catorcenal o mensual más mantenimiento de valor y una comisión del 2% deducida al desembolso.

Microcrédito Individual para capital de trabajo

Se aplicará una tasa máxima del 7% de interés mensual sobre saldo, frecuencia de pago semanal, catorcenal o mensual más mantenimiento de valor y una comisión del 2% deducida al desembolso.

Crédito Individual de consumo

La tasa máxima de interés aplicable a los créditos individuales de consumo será del 5% mensual sobre saldo, mantenimiento de valor y comisión del 2% deducida o financiada.

Asociaciones Comunales

Para créditos de capital de trabajo o inversión se aplicará una tasa de interés del 3 % mensual, mantenimiento de valor y 2% de comisión deducida o financiada.

Créditos con convenios

Está orientado a empleados de empresas públicas y privadas que sean trabajadores con contratos permanentes, con un interés máximo del 3% mensual sobre saldo, comisión del 2% deducida o financiada previa firma de convenio con las empresas.

Créditos a empleados

Está orientado a personal de FUMDEC con más de un año de trabajo, de acuerdo a su capacidad de pago estableciéndose un 12% de tasa de interés anual máximo sobre saldo más mantenimiento de valor.

Crédito Rural

Capital de trabajo o pequeñas inversiones, estableciéndose una tasa máxima de interés aplicable a los créditos individuales será del 3% mensual sobre saldo, mantenimiento de valor y comisión del 2% deducida o financiada.

Crédito para Mejoramiento de Viviendas

la tasa de interés será del 3% mensual sobre saldo más mantenimiento de valor y comisión del 2% deducida o financiada.